17 de diciembre de 2012

La Ley de Medios y la diferencia entre el fútbol y el ajedrez.

En los últimos meses se han exacerbado los debates sobre la implementación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (conocida como “Ley de Medios”), principalmente el mantenido entre el gobierno nacional y el Grupo Clarín, teóricamente dos contrincantes de igual poderío. Ante esto se han vertido muchos análisis y opiniones, en favor de uno u otro de los contendientes, pero quizás sea necesario esbozar un par de aclaraciones más, dirigidas no a los mismos protagonistas del debate sino a su audiencia.
Para empezar, debemos aclarar que los protagonistas no son (no deberían ser considerados) de igual entidad o calidad, ya que uno no es el gobierno sino el Estado argentino (poderes ejecutivo y legislativo, y tangencialmente el Judicial), quien intenta implementar una ley y el otro es una empresa privada (el Grupo Clarín S.A.), que se opone a ser alcanzada por la misma. Es decir, uno representa o defiende el interés de 40 millones de habitantes y el otro, los intereses de sus accionistas nacionales y extranjeros. Esta aclaración es de perogrullo, pero muy necesaria en este momento en que por circunstancias del mismo debate suele pasar desapercibido.
Lo segundo que es imperioso aclarar es que el tema en debate en esta instancia no es la ley en sí mismo o la libertad de expresión, sino si un par de artículos de la ley deben ser aplicados a todos los grupos mediáticos del país o a todos menos a uno (Grupo Clarín), el único que ha cuestionado la constitucionalidad de ellos ante la justicia, y que además desconoce al organismo público, plural y multipartidario encargado de hacer cumplir la ley, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
Este debate llegó a su climax este 6 de diciembre cuando la Cámara Civil y Comercial que tramita la disputa legal tomó la conocida y polémica resolución. Precisemos un poco (citando voces más entendidas y mejor informadas que uno) de qué estamos hablando:
La Cámara Civil y Comercial le entregó al Grupo Clarín todo lo que éste podía pedirle y, acaso, le pidió por vías no formales. Para empezar, una nueva medida cautelar por tiempo indeterminado, desafiando por primera vez decisiones de la Corte Suprema. Para seguir, otra burla a la Corte: una consideración infundada y exorbitante sobre el cómputo del plazo de adecuación (…) Las bromas de pasillo habían rebautizado al Tribunal como “Cámara Clarín y Comercial”… el problema del humor político es que los hechos suelen superarlo.
El fallo deja en off side a la Corte Suprema, a la que moja la oreja en varias oportunidades, ya que también subestima sus críticas a las demoras que imprimió Clarín al trámite de la causa principal.
Ya entusiasmados, Sus Señorías alegaron que Clarín dispondrá de un año para proponer su adecuación voluntaria, si cuadra. Es otro mentís a lo que fijó la Corte (…) La Cámara no debía expedirse sobre ese punto.
La decisión de la Cámara Civil y Comercial está firmada por los jueces María Susana Najurieta (la única que no había sido recusada la primera vez por el Poder Ejecutivo) y Francisco De las Carreras, uno de los magistrados más cuestionados del fuero, sobre quien pesa una denuncia penal y una denuncia en el Consejo de la Magistratura. De las Carreras está cuestionado por haber viajado a un Congreso en Miami organizado por Certal, una asociación que tiene entre sus miembros a dirigentes del Grupo Clarín, que además es uno de los principales sponsors de esa actividad.
“Extender la medida cautelar contradiciendo el espíritu y los plazos establecidos por la Corte es una maniobra dilatoria destinada a beneficiar a quienes se niegan a cumplir las leyes vigentes (…)
Ambos magistrados ya habían confirmado en dos ocasiones la medida cautelar a favor de Clarín, con alusiones a la preservación del “derecho de propiedad”. En mayo último, la Corte Suprema acortó el plazo para la medida que habían puesto los camaristas (y que llegaba hasta diciembre de 2013) y fijó el 7D, destacando la importancia de que haya una definición del debate de fondo.
El juez de primera instancia de entonces, Raúl Tettamanti, siguió la bajada de línea suprema y rechazó el pedido de Clarín, que no sólo pedía extender la cautelar, sino que planteaba hacerlo por doce meses. La Cámara no sólo discrepó sino que sus fundamentos transitan un aspecto que no venía planteado, ni hace a la discusión sobre la continuidad de una medida provisoria, pero que sí estuvo presente en el debate público: los jueces afirman repentinamente que aún no empezó a correr para el Grupo Clarín el plazo de un año para desinvertir fijado la ley, y que surge de uno de los artículos de la norma cuestionados, el 161.
Por un lado, ese fallo desmiente la afirmación del documento de que los “mecanismos directos o indirectos de presión” que atribuye al gobierno, hayan afectado la independencia de los jueces. Por otro, pone en evidencia la profundidad del compromiso con los intereses particulares que no admiten someterse a las leyes.

La medida cautelar fue pésimamente otorgada y peor fundada.

La Cámara Civil y Comercial se mostraron permeables a las demandas de la empresa (…) Primero se declararon competentes en un tipo de denuncia que suele ser resuelta por el foro contencioso administrativo, y después otorgaron una medida cautelar por más de tres años, en un caso que incluyó la participación de jueces jubilados, sorteos irregulares de magistrados y denuncias por dádivas.



Así los hechos, esta prolongada y compleja disputa causó que una parte fundamental de la ley sancionada en 2009 no se haya podido aplicar desde entonces, y sea letra muerta porque afecta a los intereses económico-políticos del Grupo Clarín.
Ante esto, uno puede preguntarse cómo es que una empresa logra suspender una ley de la Nación durante tanto tiempo, algo impensable para cualquier ciudadano de a pié. Entonces, repasemos brevemente los hechos que nos trajeron hasta aquí:
El 1º de octubre de 2009, cuando el proyecto de ley de medios todavía se debatía en el Senado, el Grupo Clarín solicitó ante el Juzgado Nacional Civil y Comercial Nº 1 a cargo de Edmundo Carbone una cautelar con el objeto de que se “ordene la suspensión del tratamiento legislativo del proyecto”.
Ese mismo día, el juez Carbone se declaró incompetente por considerar que la denuncia debía ser resuelta por el fuero contencioso administrativo. Clarín apeló ante la Cámara Civil y Comercial, y apenas tres días después ésta revocó lo resuelto por Carbone con los votos de los jueces Francisco de las Carreras y Martín Farrell, pese a que el fiscal había recomendado ratificar el fallo.
Al día siguiente, el Senado aprobó la ley y Clarín se presentó de nuevo ante Carbone para reformular la cautelar. El juez respondió que la cuestión ya era abstracta, pero el multimedios apeló una vez más a la Cámara, la cual afirmó que Carbone había incurrido en un “innecesario rigor formal”, dejó sin efecto lo resuelto y le remitió las actuaciones. Clarín presentó entonces el pedido de suspensión formal de la aplicación del artículo 41, que regula la transferencia de acciones, y del 161, que fija el plazo de adecuación a la ley. Finalmente, el 7 de diciembre, Carbone les otorgó la cautelar. El magistrado estaba por jubilarse cuando tomó la decisión. Cristina Fernández de Kirchner le había aceptado la renuncia el 3 de noviembre y debía trabajar hasta fin de año, pero luego el juez se ofreció para cubrir su propio cargo como subrogante y la Cámara lo aceptó. (…) pero nombrar jubilados supone un riesgo porque están a salvo de sanciones por parte del Consejo de la Magistratura en caso de cometer irregularidades.
(Más tarde) De las Carreras y Najurieta argumentaron que 36 meses era un plazo adecuado. Además decidieron que debía contar desde el 17 de noviembre de 2010, cuando al gobierno le notificaron formalmente la demanda, y no desde el 7 de diciembre de 2009, pese a que la demora en la notificación fue a pedido de Clarín. La empresa primero obtuvo la cautelar por un pedido de no innovar, luego promovió la demanda y recién en una tercera instancia la amplió.
El 15 de septiembre de 2011, Carbone finalmente se jubiló y lo que hizo la Cámara fue aplicarle a ese juzgado un régimen de “subrogancias rotativo” (…) Todos los jueces de primera instancia ocupaban los juzgados acéfalos a razón de uno por semana y cuando el expediente estaba listo para que se dicte sentencia se sorteaba el magistrado que debía hacerlo. Ese procedimiento, ya de por sí irregular, se alteró aún más cuando los camaristas Ricardo Recondo y Martín Farrell firmaron un acta que designó al juez jubilado Martín Tettamanti como el encargado de dictar sentencia en el expediente Clarín. En el acta se consignó que el sorteo fue “mediante un procedimiento manual”.
(Y finalmente, este 6 de diciembre) el Grupo Clarín consiguió de los camaristas María Najurieta y Franciso de las Carreras lo que más anhelaba: tiempo adicional.




Ante semejante panorama empiezan los problemas de análisis para el ciudadano medio (incluso la militancia involucrada en alguno de los dos “bandos”) que observa confundido el debate desde afuera, sin comprender cómo puede ser que ocurran tantos éxitos parciales para ambas partes, contradictorios entre sí a veces, tantas idas y venidas sin que se llegue a un fallo definitivo, a un triunfo claro en los aspectos jurídico o político.

Y aquí es donde se aplica la frase del título de esta entrada: para este humilde Basurero, la razón es quizás que la mayoría de la audiencia observa esta disputa como si se tratase de un partido de fútbol, utilizando la lógica futbolística cuando, por haberse convertido desde el comienzo en una disputa circunscripta al campo político-judicial, la mejor manera de hacerlo es utilizando la lógica del ajedrez.
Así es, en el ámbito de la política -y en mayor medida cuando los tiempos son prolongados- las disputas se dirimen en un imaginario tablero de ajedrez (donde las estrategias son más complejas, más variadas y no se perciben fácilmente porque residen sólo en la mente de los jugadores) más que en una cancha de fútbol (donde las estrategias son más evidentes, no son demasiadas y están generalmente a la vista de los espectadores a poco de comenzar el partido).
Entre ambos juegos existen, además, un par de diferencias fundamentales: el partido de fútbol tiene una duración determinada y el resultado se va intuyendo de acuerdo a los goles convertidos, mientras que la partida de ajedrez no tiene una duraciòn estipulada, depende de un estratégico Jaque Mate, de un reflexionado abandono o de un acordado empate (Tablas), es decir un final negociado.
La otra diferencia radica en que en el fútbol se enfrentan once jugadores de cada lado y el resultado final depende de la habilidad y estado físico de los jugadores, más las circunstancias fortuitas del mismo juego. Es decir que el poder de fuego de ambos equipos puede ser igual o no, pero la gran cantidad de factores ajenos a los mismos puede llegar a igualar las posibilidades de triunfo de ambos. En cambio, en el ajedrez la suerte de la partida depende de la habilidad, temperamento e ingenio de los jugadores, ya que cada pieza del juego (trebejo) tiene la misma función para ambos ajedrecistas. Es decir que el poder de fuego y las reglas son iguales para ambos, el tema es cómo los utiliza cada uno de ellos a lo largo de la partida.
Por eso, la mejor manera de observar la disputa entre el Estado argentino y el Grupo Clarín es apelando a la lógica ajedrecística. Así cada movimiento, cada estrategia o estratagema políticas en el tablero político-judicial será mejor percibido y sus implicancias mejor sopesadas en el contexto de la larga partida que se está llevando a cabo en la sociedad, ya sea en los estrados judiciales o en los medios de difusión, en el Congreso o en las calles. Es así que uno podría preguntarse por la eficacia de cada una de las jugadas o maniobras de los ajedrecistas, sopesarla en el contexto del “juego” y analizarla dentro de la secreta estrategia de cada participante, la cual cada uno de nosotros puede sólo intuir o tratar de adivinar.
Pero lo que uno sí debería preguntarse es por qué un grupo económico puede sentarse a jugar esta partida de ajedrez contra el Estado argentino. Es decir ¿cómo es que una empresa tiene el poder político y económico para enfrentarse de igual a igual con el Estado?
Y es entonces cuando debemos apelar a otras fuentes para explicar esta situación:
El contrincante es mucho más grande que lo que el voluntarismo suponía, porque es un oponente que no acaba ni comienza en El Grupo.
Tras el fallo de la Cámara, fue informado que las acciones de Clarín se incrementaron en un 10 por ciento. Mentira: subieron eso horas antes del fallo. Y desde el viernes de la semana anterior, acumularon una suba cercana al 22 por ciento.
De seguir con los malos pensamientos, se diría que “el mercado” estaba sobre firme aviso acerca del fallo. Y mejor espantar la idea de que alrededor de la sentencia hubo especulación financiera. Puras conjeturas, por supuesto.
Un par de jueces se establecen como dictaminadores irrecusables de la cautelar de El Grupo. A horas del día que la Corte fijó como último plazo para acabar con el show de las cautelares, en dictamen aprobado hace meses y ratificado hace menos, esos jueces prorrogan la cautelar, ignoran olímpicamente lo que la Corte exigió y le dan la razón a Clarín.

Para Max Weber la sociedad moderna está amenazada por el fenómeno creciente de la concentración del poder dentro de las organizaciones. Su discípulo Robert Michels advirtió que en las organizaciones modernas, tanto privadas como estatales, se tiende a quedar bajo el control de reducidos, pero poderosos grupos políticos o financieros. Aunque los líderes son elegidos democráticamente, según Michels, con la mejor intención, por las dos partes, se observa una tendencia a integrarse en élites del poder que se preocupan básicamente por la defensa de sus propios intereses y posiciones a toda costa. En otras palabras podría decirse que
en la actualidad corremos el peligro de que las élites del poder, nacidas en la sociedad a través de procedimientos legítimos, entren en un proceso mediante el cual el poder aumenta y se perpetua a sí mismo retroalimentándose y produciendo, por tanto, más poder.
La imposición no requiere necesariamente de la coacción (fuerza o amenaza de fuerza). Así, el “poder” en el sentido sociológico incluye tanto al poder físico como al poder político, al igual que muchos otros de los tipos de poder existentes.


Pero, frente al panorama actual, descripto aquí, donde pocos dudan de que el resultado jurídico final sea que el Grupo Clarín va a tener que adecuarse a la Ley de Medios, cabe entonces preguntarnos ¿por qué el Grupo Clarín necesita tiempo? Este humilde desconfiado crónico en esta materia, visto y considerando la historia del Grupo y su interacción con la historia política nacional, sugiere esta hipótesis:
A partir de la sanción de la Ley de Medios (que el Grupo no creyó posible a partir de sus presiones políticas, como puede verse aquí) Clarín eligió la estrategia de prolongar sine die los plazos de implementación de la misma, apelando a sus influencias políticas en los legisladores (a sus piezas propias del tablero poítico) de la oposición y los vericuetos judiciales. Después apeló a mover sus piezas judiciales para aletargar los plazos para su adecuación a la Ley, con el propósito de suspenderla hasta que el kirchnerismo sea derrotado en las elecciones de 2011, cosa a la que apostó desde el princípio alentado por el supuesto éxito de sus estratagemas políticas que todos conocemos. Y luego de la “sorpresa electoral” de octubre y el trágico 54% (para Clarín) de Cristina Fernández, que constituyó un verdadero “Jaque” en este tablero político, sólo le quedó la táctica de aletargar todo lo posible los tiempos procesales mediante medidas procesales de jueces afectos o “independientes”, y la previsible catarata de impedimentos administrativos o procesales que se intuyen en el futuro inmediato en esta partida; siempre con el horizonte esperanzador para el Grupo (aunque lejano) de la derrota definitiva del kirchnerismo de 2015, lo que cambiaría el jugador en el lado del tablero correspondiente al Estado.

Ése es el horizonte más cercano al que apunta el Grupo y sus aliados circunstanciales, salvo que haya un plan alternativo más inmediato que cuente con la alternativa de una claudicación o una salida prematura del gobierno de la presidenta… Cosa nada descabellada en Argentina, ¿no? Porque la historia del Grupo muestra que los gobiernos pasan pero Clarín queda…
Es por eso que quizás el horizonte más temido para el Grupo Clarín sea que la implementación de la ley disponga que se recurra a la reciente propuesta del socio minoritario del Grupo en Cablevisión, y la desinversión más importante que deba hacer Clarín sea vender a un precio justo sus acciones en la empresa de cable y “tenga que quedarse” con Canal 13, Radio Mitre y el canal TN (además del diario mismo, más todos los diarios provinciales que posee) que tantos periodistas y publicidades del Grupo no se cansan de alardear que iban a “desaparecer”…
Es por eso que esta partida de ajedrez político que presenciamos entre el Estado (que nos representa a todos) y el Grupo Clarín (que representa a sus accionistas) es un ejemplo de disputa de poder entre los poderes políticos institucionales (Ejecutivo y Legislativo) y el poder corporativo mediático, algo que no se ajusta al juego esperable, deseable en una sociedad democrática. La polìtica no es un juego ni un deporte, sino la manera por la cual el pueblo gobierna a través de sus representantes. Sin embargo, desde el regreso de la democracia en 1983 (para no remontarnos más en nuestra historia) éste es el tipo de partidas que venimos presenciando y donde, por lo general, el Estado es quien sufre el Jaque Mate o ve que su Rey abandona el juego… Quizás sea hora de que, además de que la partida actual finalice con un triunfo del Estado, este hecho derive en que tales disputas de poder (Estado vs corporaciones) no sean posibles nunca más.

Pero vale aclarar también que, más allá del fútbol y el ajedrez, ese horizonte democrático comienza cuando la sociedad misma deja de considerar este tipo de partidas como algo natural. Es decir, algo corriente, cotidiano en el calendario del torneo anual del ajedrez político nacional.



Para la confección de esta nota se utilizaron entre otras las siguientes fuentes:

Para EE.UU. Clarín es un medio abarca-todo + Ley de Medios “ya fue” + Lobby Embajada-Clarín.

7D: Brevísima lección teoríco-práctica sobre el concepto de “poder”.

Entre Navidad y Año Nuevo.

La cautelar que operó como blindaje.

Tiempo extra para Clarín: FAQs.

Tiempo de descuento.

Una curiosa dictadura.

Clarín. Un invento argentino – Capítulo 03



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